TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 143/96 -------------------------------- ARTICULO 1.- Modifícase la Cláusula Segunda del Anexo A de la ------------ Ordenanza 102/94, suprimiéndose los términos: "a contar desde la firma del presente Convenio", reemplazándose por los siguientes: "a contarse desde el 19 de julio de 1995".--------- ARTICULO 2.- Agrégase "in fine" de la Cláusula Séptima del Anexo ------------ A de la Ordenanza 102/94 los siguientes términos: "El canon establecido por la presente Cláusula deber abonarse a partir de la fecha de inicio de la concesión fijado por el Artículo lo de la presente".------------------------------------------------------ ARTICULO 3.- Incorpórese al texto del Artículo 42 de la Ordenanza ------------ 102/94 y de la Cláusula Décimo Tercera del Anexo A de la Ordenanza 102/94, a continuación de los términos: "habilitación municipal", los siguientes: "e inscripciones y habilitaciones en los organismos nacionales y/o provinciales competentes".----------- ARTICULO 4.- Suprímese en la Cláusula Décimo Octava del Anexo A de ------------ la Ordenanza 102/94, la designación b) del ítem referido a "Rescate de bienes por la Municipalidad", integrándose su texto sin modificaciones como segundo párrafo del ítem a) precedente.-------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veinticinco días del mes de julio de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Roberto O. Garrido VICEPRESIDENTE I - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------------